Alta como autónomo
Alta como esteticista autónomo: modelo 037 con epígrafe IAE 972.2 (sección 1), alta RETA con tarifa plana, IRPF estimación directa o módulos, IVA general 21 % (a diferencia de peluquería que es 10 %).
Darse de alta como esteticista autónomo exige atender simultáneamente el encuadramiento fiscal (IAE 972.2, IVA 21 %), la formación habilitante para ciertos servicios, la licencia de apertura municipal y el plan sanitario del local. El error de IVA más frecuente en este sector —aplicar el 10 % de peluquería cuando no corresponde— genera regularizaciones con recargo. Esta ficha lo explica por orden de ejecución.
| Trámite | Dónde | Plazo | Obligatorio |
|---|---|---|---|
| Alta censo AEAT (modelo 037) | Sede electrónica AEAT | Antes del inicio | Sí |
| Alta RETA | Importass | Hasta 60 días antes del inicio | Sí |
| Licencia municipal de apertura | Ayuntamiento | Antes de abrir al público | Sí |
| Plan sanitario del local | Consejería de Salud de la CCAA | Antes de abrir | Sí |
| Seguro de responsabilidad civil | Aseguradora | Antes de ejercer | Obligatorio |
| Titulación habilitante (depilación láser, etc.) | Centro autorizado por la CCAA | Antes de ofrecer el servicio | Sí (por servicio) |
El epígrafe que corresponde a la estética y los institutos de belleza es el IAE 972.2 — Institutos de belleza y similares. Incluye manicura, depilación (cera, hilo, láser), tratamientos faciales, masaje no terapéutico, maquillaje permanente y servicios análogos.
Este epígrafe es sección 1 del IAE (actividades empresariales), no sección 2. Eso significa que:
El IVA en estética y peluquería no es igual, y la confusión es la fuente de regularizaciones más habitual en este sector.
| Servicio | IVA aplicable | Base legal |
|---|---|---|
| Servicios de peluquería (corte, tinte, peinado) | 10 % | RDL 5/2023 |
| Servicios de estética (manicura, depilación, faciales) | 21 % | Art. 91 LIVA: tipo general por defecto |
| Masaje terapéutico por fisioterapeuta titulado | Exento | Art. 20.Uno.3º LIVA |
| Masaje relajante sin titulación sanitaria | 21 % | Tipo general |
| Venta de productos sin servicio (cosméticos, utensilios) | 21 % | Tipo general |
| Depilación láser con aparato médico por titulado sanitario | Exento si hay diagnóstico terapéutico | Art. 20.Uno.3º LIVA |
La exención sanitaria de la depilación láser es muy restrictiva: solo aplica cuando hay prescripción médica y el servicio lo presta un profesional sanitario colegiado. La mayoría de centros de estética no cumplen esa condición y deben aplicar el 21 %.
No presentes el modelo 303 con tipo 10 % en servicios de estética: Hacienda cruza los datos del epígrafe IAE con el tipo aplicado en la declaración de IVA y genera requerimiento automático.
El alta se presenta mediante el modelo 037 en la Sede Electrónica de la AEAT antes de la primera operación:
Si trabajas también como peluquera (IAE 972.1) en el mismo local, puedes tener los dos epígrafes activos simultáneamente, con tipos de IVA diferenciados por tipo de servicio. Esto complica el modelo 303 pero es perfectamente válido; requiere desglosar facturación de forma clara.
El alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos se tramita en Importass. El plazo máximo para solicitarla es 60 días naturales antes del inicio de actividad, y los efectos del alta se producen desde el día que comienzas a ejercer (no desde la solicitud).
Tarifa plana en 2026: cuota fija de 80,00 €/mes durante los 12 primeros meses, con independencia de los rendimientos netos declarados. Si al término del año los rendimientos netos han sido inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, se puede prorrogar otros 12 meses más. Más información en /bonificaciones/tarifa-plana.
Una vez agotada la tarifa plana, la cuota mensual se calcula sobre la base elegida multiplicada por el tipo contributivo del 31,50 %. La base mínima del primer tramo de la tabla 2026 da una cuota de 205,88 €/mes. Estima tu cuota real en /calculadora/cuota-autonomo.
No todos los servicios de estética pueden prestarse sin acreditar formación específica. Las exigencias varían por CCAA, pero los criterios más extendidos son:
Antes de incorporar un servicio nuevo al catálogo, verifica con la Consejería de Sanidad de tu CCAA si requiere acreditación adicional.
Abrir un local de estética al público requiere:
Laura abre un centro de estética con local propio en enero de 2026, sin asalariados.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Facturación servicios estética (IVA 21 % incluido) | 40.000 € brutos |
| IVA repercutido (21 %) | 6.942 € |
| Facturación neta (base imponible) | 33.058 € |
| IVA soportado deducible (productos, suministros, aparatología) | ~3.500 € |
| IVA a ingresar neto en el año (modelo 303) | ~3.442 € |
| Gastos deducibles en IRPF (RETA TP, alquiler, productos, asesoría) | 18.000 € |
| Rendimiento neto | 15.058 € |
| Reducción 20 % inicio actividad | −3.012 € |
| Rendimiento neto reducido | 12.046 € |
| IRPF estimado | ~1.500 € |
| Cuota RETA año 1 (12 × 80,00 €) | 960 € |
| Carga fiscal total año 1 | ~5.900 € |
La carga incluye el IVA neto, el IRPF y el RETA. Es la cifra que realmente impacta en la tesorería del año de arranque, por encima de lo que indica solo el IRPF.
Aplicar IVA 10 % de peluquería a servicios de estética. El tipo reducido del RDL 5/2023 aplica exclusivamente al epígrafe 972.1 (peluquería). La AEAT cruza el tipo declarado en el 303 con el epígrafe IAE; si hay discrepancia, genera comprobación limitada y liquidación con intereses.
No separar la facturación de venta de productos de la de servicios. Los productos cosméticos vendidos sin servicio tributan al 21 % aunque se vendan en un centro de estética. Incluirlos en la base al 0 % (si te acoges erróneamente a alguna exención) es un error de IVA repercutido.
Abrir el local sin licencia de apertura. El ayuntamiento puede sancionar y ordenar el cierre cautelar hasta regularizar la situación. El período sin actividad no reduce la cuota RETA ya devengada.
No presentar el plan sanitario previo. La Consejería de Salud puede ordenar el cierre del local y, si hay incidencia sanitaria con un cliente, la ausencia de plan agrava la responsabilidad.
Darse de alta en RETA después de comenzar a facturar. La TGSS aplica recargo de hasta el 20 % sobre las cuotas no ingresadas en plazo y liquida desde el primer día de actividad real.
Deducir el 100 % del IVA de la aparatología si el local es mixto. Si el local tiene uso no exclusivo para la actividad (por ejemplo, también sirve como vivienda parcial), la deducción de IVA es proporcional. Acredita el uso exclusivo o ajusta la prorrata.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes