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  3. Cuenta corriente tributaria

Cuenta corriente tributaria

Sistema de compensación voluntaria entre créditos y deudas tributarias del mismo contribuyente con la AEAT. Permite que los importes a devolver derivados de declaraciones (por ejemplo, una cuota a devolver del 303 del 4T o una devolución del IRPF) se compensen automáticamente con cuotas a ingresar pendientes en futuros plazos, sin necesidad de gestiones manuales por cada movimiento.

Regulación

Artículos 71 a 75 de la Ley 58/2003 General Tributaria y desarrollo en el Real Decreto 1065/2007. La solicitud se realiza mediante el modelo electrónico CCT habilitado en la sede de la AEAT.

Requisitos

  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Volumen anual de operaciones superior a 60.101,21 € en el ejercicio precedente.
  • Que las deudas y créditos sean líquidos, vencidos y exigibles.
  • Permanencia mínima en el sistema de 3 años desde la incorporación, salvo renuncia justificada.

Aplicación al autónomo

Permite simplificar tesorería cuando el autónomo combina:

  • IVA del 4T a devolver (303 final).
  • IRPF anual a devolver (modelo 100).
  • IRPF trimestral a ingresar (modelo 130).
  • Otras autoliquidaciones recurrentes.

En lugar de pedir devolución y luego ingresar, la AEAT netea automáticamente y solo se mueve dinero por la diferencia.

Periodicidad de la liquidación

La liquidación de la cuenta se realiza trimestralmente. Si tras compensar resulta saldo a favor del contribuyente superior a cierto umbral, la AEAT lo abona; si resulta a favor de Hacienda, se exige ingreso en plazo voluntario.

Limitaciones

  • No incluye deudas en periodo ejecutivo ni aplazamientos en curso.
  • No alcanza devoluciones por ingresos indebidos, que siguen su propio cauce.
  • Cualquier impago en plazo voluntario expulsa al contribuyente del sistema.

Términos relacionados

  • [[modelo-303]]
  • [[devolucion-ingresos-indebidos]]
  • [[aplazamiento-cuotas]]
  • [[modelo-100]]
  • [[modelo-130]]

Ver también

  • Modelo 303
  • Devolución de ingresos indebidos
  • Aplazamiento de cuotas
  • Modelo 100

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes