Los módulos son los indicadores físicos o de explotación que utiliza el régimen de estimación objetiva del IRPF (comúnmente llamado "módulos") para calcular el rendimiento neto de ciertas actividades económicas sin necesidad de llevar contabilidad detallada de ingresos reales y gastos. Cada actividad incluida en el régimen tiene su propia tabla de módulos, y a cada módulo se le asigna un importe anual unitario que puede variar de un ejercicio a otro mediante la correspondiente Orden Ministerial.
El régimen de módulos es una opción: el autónomo que reúne los requisitos puede acogerse o, por el contrario, puede renunciar y tributar en estimación directa. Una vez en módulos, la cuota de IRPF se calcula sobre el rendimiento derivado de los indicadores físicos, no sobre el beneficio real.
No todas las actividades usan todos los módulos: cada epígrafe IAE tiene su propia combinación de indicadores.
El proceso de cálculo sigue estos pasos:
Los importes unitarios de los módulos para 2026 están recogidos en el Anexo II de la Orden HAC/1425/2025 (BOE-A-2025-25272). La Orden enumera las actividades acogibles, sus módulos y los importes por unidad. La lista abarca 53 actividades del sector del comercio minorista, hostelería, transporte, reparaciones y algunos servicios.
El autónomo queda excluido del régimen de módulos si supera determinados umbrales de ingresos o de volumen de compras fijados en la Orden HAC. Además, si más de un porcentaje de sus ingresos proviene de personas jurídicas, puede resultar excluido por la limitación de facturación a empresas. La renuncia al régimen obliga al autónomo a permanecer en estimación directa durante tres años antes de poder volver a módulos.
El autónomo en módulos presenta el modelo 131 de pagos a cuenta trimestrales y el modelo 100 de renta anual. No está obligado a llevar libros de ingresos y gastos (salvo en actividades agrícolas con módulos), aunque sí debe conservar las facturas recibidas de proveedores y las emitidas a clientes.
Módulos resultan convenientes cuando los ingresos reales del negocio superan ampliamente el rendimiento teórico que arrojan los indicadores físicos (el autónomo "gana más de lo que paga"). Cuando los gastos reales son elevados o el margen es ajustado, la estimación directa suele resultar más favorable. La comparación debe hacerse cada año, ya que la composición del negocio y los importes unitarios de los módulos cambian.
¿Puedo estar en módulos en IRPF y en régimen general de IVA? No necesariamente. Ambos regímenes son independientes, pero muchas actividades en módulos de IRPF van ligadas al régimen simplificado de IVA. Existen excepciones; hay que revisar la Orden HAC de cada ejercicio.
¿Si supero el límite de exclusión en un trimestre, dejo módulos de inmediato? No. La exclusión se produce al inicio del año siguiente si en el año anterior se superó el umbral. En el año en curso se sigue en módulos.
¿Los módulos tienen en cuenta si el local estuvo cerrado por vacaciones? Sí. Algunos módulos se ponderan por los días de apertura efectiva declarados al inicio del ejercicio.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes