Régimen del IRPF que no calcula el rendimiento sobre ingresos y gastos reales, sino aplicando módulos (personal asalariado, personal no asalariado, superficie del local, energía consumida, mesas, máquinas, vehículos, número de habitaciones) a importes anuales fijados por una Orden Ministerial publicada anualmente en el BOE. También se le conoce como régimen de módulos. Está pensado para sectores con difícil control individualizado de ingresos y gastos (hostelería, comercio menor, transporte, peluquería).
Orden HAC/1425/2025, que lista 53 actividades acogibles a módulos en 2026 con sus signos, importes anuales por unidad e índices correctores aplicables.
Solo se aplica a actividades empresariales concretas listadas en la Orden anual (no a profesionales, no a artísticas). Las actividades cubiertas son típicamente:
rendimiento neto previo = Σ (unidades × importe anual por módulo)
rendimiento neto minorado = previo − amortización − bajas
rendimiento neto de módulos = minorado × índices correctores
rendimiento neto reducido = neto de módulos − reducción general 5 % − incentivos
rendimiento neto de la actividad = reducido − gastos extraordinarios
Los índices correctores ajustan el rendimiento al alza o a la baja:
Marta, dueña de cafetería en Madrid (epígrafe IAE 672.1.1), módulos 2026:
Módulos relevantes (extracto):
| Módulo | Unidades | € por unidad | Importe |
|---|---|---|---|
| Personal asalariado | 1 | 9.000 | 9.000 |
| Personal no asalariado | 1 (la titular) | 24.500 | 24.500 |
| Superficie local | 80 m² | 50 | 4.000 |
| Mesas | 8 | 350 | 2.800 |
| Energía eléctrica | 12.000 kWh | 0,75 | 9.000 |
| Rendimiento neto previo | 49.300 |
IRPF estimado por este rendimiento: ~7.500-8.000 €/año (tramo medio).
Para permanecer en módulos en 2026 (y desde la reforma del Real Decreto-ley 4/2023):
Si se superan los umbrales durante el año, el autónomo queda excluido de módulos al año siguiente y pasa a estimación directa.
Los pagos fraccionados trimestrales se hacen con el [[modelo-131]] (no el 130 de estimación directa), con porcentajes fijos sobre el rendimiento previsto:
Plazos: 1-20 abril, julio, octubre y 1-30 enero del año siguiente.
La opción se elige al alta en el modelo 036/037 o se renuncia antes del 1 de enero del año siguiente, con vinculación de 3 años. Tras la renuncia, el autónomo pasa a estimación directa simplificada (su sucesor natural).
¿Es siempre mejor que estimación directa? No. Si tus gastos reales son altos (alquiler, personal, inversión), la estimación directa puede salir mejor. Cada caso requiere comparación numérica.
¿Cuándo conviene módulos? Cuando el rendimiento real supera al módulo (negocio próspero), la facturación está bajo el umbral, y los gastos no son extraordinarios.
¿Si declaro pérdidas en módulos puedo deducirlas el año siguiente? No. Módulos calcula sobre signos objetivos; las pérdidas reales no se reflejan ni se compensan.
¿Es compatible con tarifa plana RETA? Sí, ambas son independientes.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes