Saltar al contenido
aautonomosde.com
CuotaIRPFBonificacionesComunidadCalculadoras
  • Cuota
  • IRPF
  • Bonificaciones
  • Comunidad
  • Calculadoras
  • Informe
  • Comparativas
  • Guías
  • Análisis
  • Preguntas
  • Calcular
  • Alta sectorial
  • Sectores
  • Glosario
  • Calendario fiscal
  • Cierre fiscal
  • Internacional
  • Sobre
aautonomosde.com

Observatorio editorial del trabajador autónomo en España. Datos verificables de fuentes oficiales.

Fuentes

  • TGSS
  • AEAT
  • INE
  • BOE
  • MITES

Datos

  • Datos
  • Metodología
  • Fuentes
  • Changelog
  • Sobre

Legales

  • Aviso legal
  • Privacidad
  • Cookies

© 2026 autonomosde.com. Cifras citadas con su fuente y vigencia legal.

  1. Inicio›
  2. IRPF›
  3. Economistas y contables

Actividad IAE 764

Economistas y contables

Sección IAE 2 (profesional)

En detalle

Qué incluye la actividad

El epígrafe IAE 764 — Economistas, intendentes y profesores mercantiles corresponde al ejercicio libre de la profesión de economista, intendente mercantil o profesor mercantil: asesoría contable, fiscal (no de auditoría de cuentas obligatoria, que va en epígrafe 765 — censor jurado de cuentas), gestión empresarial, consultoría económica y financiera, asesoría en planificación estratégica y análisis financiero.

La actividad incluye:

  • Asesoría contable y fiscal (despacho de asesoramiento a empresas y autónomos).
  • Consultoría financiera y económica (planes de viabilidad, valoración de empresas, due diligence).
  • Auditoría interna (no estatutaria; la estatutaria requiere ROAC).
  • Asesoría laboral si está colegiado adicionalmente.
  • Análisis económico y estudios sectoriales.
  • Asesoramiento a inversiones, fondos, compraventa de empresas.

Métodos de tributación admitidos

Solo estimación directa (simplificada si la facturación no excede 600.000 €/año; normal por encima). No elegible para módulos.

Régimen IVA

  • Régimen general del IVA: modelo 303 trimestral.
  • Tipo IVA aplicable: 21 % general sobre los servicios.

Retenciones en facturas

  • Particulares: sin retención.
  • Empresas y otros profesionales: retención del 15 % de IRPF.
  • Nuevos economistas: pueden solicitar retención del 7 % los 3 primeros años.

Particularidades fiscales

  • Cuota colegial en el Colegio de Economistas si colegiado (no obligatoria para todos, depende del trabajo concreto, certificaciones REA, REGA, REAF): deducible al 100 %.
  • Software de gestión y contabilidad (suites comerciales SaaS o ERP de despacho): suscripciones deducibles.
  • Software fiscal (aplicaciones de la AEAT y suites profesionales de liquidación): deducible.
  • Despacho propio o coworking: deducible al 100 % si es local exclusivo. Desde casa: regla del 30 % sobre suministros.
  • Formación continua (cursos REAF, REA, certificaciones internacionales CFA, ACCA): deducible.

Mutualidad y RETA

  • Sin mutualidad alternativa específica vinculada al ejercicio: alta obligatoria en RETA.
  • Algunos colegios tienen mutualidades sociales complementarias (no sustitutivas del RETA).

Caso típico con cifras

Perfil: economista autónomo con asesoría fiscal-contable a unas 30 PYMES y 60 autónomos, despacho propio en capital de provincia, con 1 auxiliar contable asalariado.

  • Facturación bruta anual: 80.000-150.000 € + 21 % IVA.
  • Gastos reales: alquiler 6.000-12.000 €, suministros, software de gestión 3.000-6.000 €, auxiliar asalariado 20.000-30.000 €, colegial, seguro RC, formación continua.
  • Rendimiento neto IRPF: 25.000-55.000 €/año.

Cuota RETA orientativa

Con rendimientos 25.000-55.000 €/año (2.083-4.583 €/mes), tramos 8-14 generales. Cuota mensual aproximada: 381-546 €/mes en 2026.

Si es alta inicial: tarifa plana los 12 primeros meses (87,15 €/mes en 2025; cifra revisable cada año).

Pluriactividad frecuente

  • Asalariado en banca, gran asesoría o auditora + clientes propios autónomos.
  • Asalariado en administración pública (intervención, control) + asesoramiento privado.
  • Asalariado en empresa industrial (dirección financiera) + consultoría externa.

Bonificaciones aplicables al perfil

  • Tarifa plana estatal en alta inicial.
  • Pluriactividad frecuente.
  • Bonificación joven (< 30 años, 35 mujeres).
  • Cuota Cero autonómica según CCAA.

Diferencia con epígrafe 765 (censor jurado)

AspectoEconomista (764)Censor jurado (765)
FunciónAsesoría contable, fiscal, consultoríaAuditoría estatutaria de cuentas
RegistroColegio Economistas (no obligatorio)ROAC obligatorio (Registro Oficial Auditores)
ResponsabilidadLimitada al contrato privadoPública, regulada ICAC
Sociedad de serviciosSL/SA libreSA o SLP con registro ROAC

Datos sectoriales

España tiene aproximadamente 65.000 economistas colegiados (datos Consejo General de Economistas). El sector tiene fuerte presencia en:

  • Asesorías fiscales y contables a PYMES (gran mayoría del ejercicio libre).
  • Despachos integrados con auditoría, jurídico, laboral.
  • Consultoría estratégica y financiera (big four y firmas medianas).

Errores fiscales frecuentes

  • No solicitar la retención del 7 % en los primeros 3 años.
  • No declarar pluriactividad.
  • Confundir epígrafe 764 con 765 al darse de alta (cambia régimen profesional).
  • Imputar como gasto propio los gastos de los clientes (suplidos correctamente).
  • No diferenciar Sección 1 (Sociedades) con Sección 2 (Profesional) del IAE.

Suplidos y facturación al cliente

Los suplidos son cantidades que el economista anticipa por cuenta del cliente y no constituyen ingreso propio: tasas registrales, certificaciones, gastos de Notaría facturadas a nombre del cliente. En la factura del asesor figuran como "suplidos" en línea separada, sin IVA ni retención, y no se imputan como ingreso del economista ni se deduce el gasto. La AEAT requiere que la factura del proveedor original esté emitida a nombre del cliente final, no del asesor. Confundir suplido con gasto propio incrementa indebidamente la base imponible del IRPF y del IVA.

Calendario operativo del año

PeriodoHitos
EneroModelo 130 T4, modelo 303 T4, modelo 390 resumen anual IVA, modelo 111 y 190 retenciones empleado asalariado, modelo 180 alquiler despacho.
Enero-marzoCampaña de presentación de cuentas anuales y depósito en el Registro Mercantil.
AbrilModelo 130 T1, modelo 303 T1, modelo 111 T1.
Abril-junioCampaña de Renta: máxima actividad del asesor.
JulioModelo 130 T2, modelo 303 T2, presentación modelo 200 Sociedades de clientes.
OctubreModelo 130 T3, modelo 303 T3.
FebreroModelo 347 con clientes y proveedores que superen 3.005,06 €.

Recursos relacionados

  • Suplidos vs gasto propio en facturación profesional
  • REA, REAF y REGA del Consejo General de Economistas
  • Cuota RETA tramo 10 general
  • Pluriactividad asalariado + autónomo

Norma de referencia

  • Ley 35/2006 del IRPF: BOE-A-2006-20764.
  • Ley 37/1992 del IVA.
  • Real Decreto Legislativo 1/2011 Ley de Auditoría de Cuentas (para la separación con censores jurados).
  • Estatutos del Consejo General de Colegios de Economistas de España.

Calcula tu cuota mensual

Introduce los rendimientos netos previstos para tu actividad en economistas y contables y obtén el tramo del RETA y la cuota mensual mínima 2026. Si tu actividad tributa por módulos, también dispones de la calculadora específica con los signos vigentes para 764.

Calculadora de cuota RETANeto disponible

Actividades relacionadas

Actividades del mismo grupo IAE o sector económico con fiscalidad comparable:

  • Abogados y procuradores (IAE 731)
  • Notarios y registradores (IAE 732)
  • Tasadores y auditores (IAE 763)
  • Censores jurados de cuentas (IAE 765)

Recursos relacionados

  • Cómo se calcula la cuota del autónomo según tus rendimientos
  • Estimación directa vs módulos: cuál te conviene
  • Gastos deducibles del autónomo
  • Bonificaciones nacionales y autonómicas vigentes en 2026
  • Mutualidad alternativa al RETA (profesionales colegiados)

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Las cifras y ejemplos son orientativos; cada actividad tiene matices propios (índices correctores, exenciones parciales, etc.). Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la AEAT.