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  3. Pintura y revestimientos en general

Actividad IAE 505.5

Pintura y revestimientos en general

Sección IAE 1 (empresarial) · Tributable por módulos del IRPF

En detalle

Qué incluye la actividad

El epígrafe IAE 505.5 — Pintura de todo tipo de cualquier clase de superficies y colocación de revestimientos en general abarca los trabajos de pintura de fachadas, interiores residenciales e industriales, pintura decorativa, así como la aplicación de revestimientos textiles y plásticos. Excluye trabajos especializados en monumentos protegidos (que pasa a epígrafe distinto).

La actividad incluye:

  • Pintura interior y exterior de viviendas.
  • Pintura industrial y de naves.
  • Pintura decorativa (estucos, veladuras, gotelé alisado).
  • Aplicación de revestimientos plásticos (papel pintado, vinilo).
  • Tratamiento de fachadas y aislamiento térmico (SATE) en combinación.

Métodos de tributación admitidos

Estimación directa simplificada o estimación objetiva (módulos).

Régimen IVA

  • En módulos: régimen simplificado de IVA (cálculo paralelo por módulos).
  • En directa: régimen general del IVA con modelo 303 trimestral.
  • Tipo IVA aplicable:
    • 21 % general sobre los servicios.
    • 10 % reducido en obras de rehabilitación o renovación de vivienda particular cuando el coste del material no supere el 40 % del total (art. 91.uno.2.10 LIVA).

Inversión del sujeto pasivo (ISP)

En obras de rehabilitación facturadas a promotor o constructora, aplica inversión del sujeto pasivo: el pintor factura sin IVA y la empresa promotora lo autoliquida.

Módulos vigentes 2026

Regulados por la Orden HAC/1425/2025, Anexo II. Signos típicos:

  • Personal asalariado.
  • Personal no asalariado: titular y cónyuge colaborador.
  • Superficie del taller (poca incidencia: el pintor trabaja a domicilio del cliente).

Reducción general del 5 % sobre el rendimiento neto previo.

Caso típico con cifras

Perfil: pintor autónomo sin local fijo, trabaja a domicilio del cliente con furgoneta, sin asalariados.

  • Facturación bruta anual: 35.000-55.000 €.
  • Gastos reales (directa): material 8.000-15.000 €, combustible 2.500-4.000 €, herramienta, andamios y escaleras, EPI, seguro RC, gestoría.
  • Rendimiento neto previo módulos: 12.000-18.000 €.
  • Tras reducción del 5 %: 11.400-17.100 €/año.
  • Cuota IRPF anual estimada: 1.200-2.300 €.

Cuota RETA orientativa

Con rendimientos 12.000-18.000 €/año (1.000-1.500 €/mes), tramos 3 reducida a 5 general. Cuota mensual aproximada: 268-303 €/mes en 2026.

Por el nivel de rendimientos, el pintor en alta inicial suele cumplir el requisito del SMI para la prórroga de tarifa plana al segundo año (24 meses a 87,15 €/mes (cifra 2025, revisable anualmente) en total).

Particularidades del oficio

  • Subcontratación frecuente a constructoras y empresas de rehabilitación (con ISP).
  • Trabajos en altura: requieren formación PRL específica y EPI homologado.
  • Carnet eléctrico no obligatorio salvo trabajos accesorios con instalación eléctrica.
  • Subvenciones a rehabilitación (Plan de Vivienda, NextGenerationEU): el pintor suele beneficiarse indirectamente por la demanda generada.

Bonificaciones aplicables al perfil

  • Tarifa plana estatal con prórroga al segundo año si rendimientos < SMI (frecuente en este perfil).
  • Bonificación joven (< 30 años, 35 mujeres).
  • Familiar colaborador.
  • Mujer rural en municipios <5.000 habitantes.
  • Cuota Cero autonómica según CCAA.

Errores fiscales frecuentes

  • Aplicar 21 % a obras de rehabilitación de vivienda particular que pueden ir al 10 % (si material < 40 % del total).
  • No aplicar ISP en obra subcontratada a constructora.
  • No declarar el material aportado por el cliente correctamente (afecta el cómputo del 40 %).
  • No facturar PYME ni particular: opera sin factura, ingresa en negro.

Tabla detallada de cuota RETA 2026

Cuotas mensuales mínimas derivadas de la base mínima de cada tramo, con el tipo conjunto del 31,5 % vigente en 2026 (Orden PJC/297/2026):

Rendimiento neto previstoTramoBase mínimaCuota mensual
≤ 670 €/mes1 reducida653,59 €205,88 €
670 - 900 €/mes2 reducida718,94 €226,47 €
900 - 1.166 €/mes3 reducida849,67 €267,65 €
1.166 - 1.300 €/mes4 reducida955,07 €300,85 €
1.300 - 1.500 €/mes5 general960,78 €302,65 €
1.500 - 1.700 €/mes6 general1.026,80 €323,44 €
1.700 - 1.850 €/mes7 general1.054,16 €332,06 €
1.850 - 2.030 €/mes8 general1.209,15 €380,88 €
2.030 - 2.330 €/mes9 general1.225,40 €385,99 €
2.330 - 2.760 €/mes10 general1.225,40 €385,99 €
2.760 - 3.190 €/mes11 general1.350,53 €425,42 €
3.190 - 3.620 €/mes12 general1.519,61 €478,68 €
3.620 - 4.050 €/mes13 general1.575,07 €496,15 €
4.050 - 6.000 €/mes14 general1.700,73 €535,73 €
> 6.000 €/mes15 general1.928,10 €607,35 €

Estrategia de crecimiento y opciones jurídicas

A medida que la actividad se consolida, el autónomo en módulos suele plantearse tres saltos cualitativos:

  • Pasar a estimación directa: cuando los rendimientos reales superan claramente a los estimados por módulos, lo que es habitual en años de alta facturación. La renuncia se comunica con el modelo 036/037 y vincula 3 años.
  • Constituir una Sociedad Limitada (SL): cuando los rendimientos netos superan los 60.000-80.000 €/año, la fiscalidad de SL (tipo IS 23-25 %) compensa la mayor complejidad contable.
  • Contratar el primer asalariado: paso natural cuando el volumen requiere apoyo permanente. Implica gestión laboral (modelo 111, 190, nómina, alta Régimen General del trabajador).

Bonificaciones autonómicas relevantes

Las CCAA con Cuota Cero o Tarifa Cero cubren el coste del RETA durante 12-24 meses tras el alta inicial. Andalucía, Murcia, Baleares, La Rioja y Madrid (modalidad propia) son las más activas en 2026 para este perfil.

Norma de referencia

  • Orden HAC/1425/2025 (módulos 2026): BOE-A-2025-25272.
  • Ley 37/1992 del IVA, art. 91.uno.2.10 (tipo reducido del 10 % en rehabilitación) y art. 84.uno.2.f (ISP).
  • Ley 31/1995 PRL (trabajos en altura).
  • Real Decreto 1627/1997 (obras de construcción y rehabilitación).

Tabla oficial de módulos

Esta actividad puede tributar por estimación objetiva. Consulta los módulos vigentes y su importe anual en la ficha específica: módulos IRPF para pintura y revestimientos en general.

Calcula tu cuota mensual

Introduce los rendimientos netos previstos para tu actividad en pintura y revestimientos en general y obtén el tramo del RETA y la cuota mensual mínima 2026. Si tu actividad tributa por módulos, también dispones de la calculadora específica con los signos vigentes para 505.5.

Calculadora de cuota RETAMódulos IRPF 505.5Neto disponible

Actividades relacionadas

Actividades del mismo grupo IAE o sector económico con fiscalidad comparable:

  • Albañilería y pequeños trabajos de construcción (IAE 501.3)
  • Instalaciones eléctricas en general (IAE 504.1)
  • Instalaciones de fontanería (IAE 504.2)
  • Instalaciones de frío, calor y acondicionamiento de aire (IAE 504.3)
  • Revestimientos exteriores e interiores (IAE 505.1)
  • Carpintería y cerrajería (IAE 505.4)

Recursos relacionados

  • Cómo se calcula la cuota del autónomo según tus rendimientos
  • Estimación directa vs módulos: cuál te conviene
  • Gastos deducibles del autónomo
  • Bonificaciones nacionales y autonómicas vigentes en 2026

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Las cifras y ejemplos son orientativos; cada actividad tiene matices propios (índices correctores, exenciones parciales, etc.). Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la AEAT.