Alta como autónomo
Alta como consultor autónomo implica modelo 037 con epígrafe IAE 841 o 845 (sección 2 profesional), alta RETA con tarifa plana 80,00 €/mes y, si facturas a UE, alta ROI antes del primer cliente intracomunitario.
Esta ficha está dirigida al consultor independiente —de estrategia, negocio, tecnología, operaciones, recursos humanos o cualquier especialidad— que va a darse de alta como autónomo en España en 2026. El plazo desde la decisión hasta poder emitir la primera factura es inferior a dos semanas si los trámites se hacen online.
La guía cubre el alta censal, la elección del epígrafe IAE, el alta en el RETA, la exoneración del modelo 130 si aplica y el alta ROI para clientes europeos.
| Trámite | Dónde | Plazo orientativo | Obligatorio |
|---|---|---|---|
| Alta censal (modelo 037) | Sede AEAT | Inmediato online | Sí |
| Alta en RETA | Importass (TGSS) | Hasta 60 días antes del inicio | Sí |
| Alta ROI (clientes UE) | AEAT (modelo 036) | 1-3 meses para aprobación | Si facturas a UE |
La consultoría no tiene un único epígrafe en el IAE. La elección depende de la especialidad:
| Epígrafe | Especialidad |
|---|---|
| 841 | Servicios técnicos económicos: consultoría de gestión, estrategia empresarial, organización |
| 845 | Análisis de sistemas e informática, consultoría tecnológica (TIC) |
| 843.9 | Otros servicios técnicos: consultoría de operaciones, supply chain, RRHH, etc. |
| 846 | Estudios de mercado y opinión pública |
Todos son sección 2 IAE (actividad profesional): los clientes empresa aplican retención de IRPF en cada factura. El tipo es 7 % durante el año del alta y los dos siguientes (si no ejerciste actividad análoga en los dos años anteriores); 15 % a partir del cuarto año.
Si la actividad tiene un componente más empresarial (contratas subcontratistas, facturas como agencia, no como profesional individual), valorar sección 1 (epígrafe 844 o similar). Pero para el consultor individual, sección 2 es lo habitual y fiscalmente más controlado.
Doble alta: es posible matricularse en dos epígrafes si desarrollas actividades diferenciadas (por ejemplo, consultoría de gestión + formación empresarial). La cuota del IAE no se paga mientras la cifra de negocios sea inferior a 1.000.000 €/año (exención general del IAE para personas físicas).
El alta puede solicitarse hasta 60 días naturales antes del inicio de la actividad. La cuota comienza a devengarse el día de inicio declarado.
Tarifa plana 2026: 80,00 €/mes los primeros 12 meses; prórroga de 12 meses más si los rendimientos no superan el SMI. Detalle completo en bonificaciones: tarifa plana.
Ajuste trimestral de la base: la base de cotización puede modificarse trimestralmente si los rendimientos reales difieren de la previsión inicial. Esto es especialmente útil para consultores con ingresos irregulares o proyectos de inicio incierto.
La consultoría tiene un porcentaje alto de clientes internacionales. Si facturas a empresas de la UE, el ROI es obligatorio antes de la primera factura sin IVA.
Proceso: solicitud mediante el modelo 036 (no el simplificado 037) marcando la casilla de alta en el ROI. La AEAT puede tardar entre uno y tres meses en aprobar el número de operador intracomunitario.
Mientras el ROI no esté aprobado: debes facturar con IVA al 21 %. El cliente europeo lo recuperará en su declaración nacional, pero el proceso genera fricción. Si tienes un cliente europeo inmediato, solicita el ROI con la mayor antelación posible.
Una vez aprobado el ROI: facturas a clientes empresa UE sin IVA, con la mención legal de inversión del sujeto pasivo. El cliente autorrepercute el IVA en su país.
Clientes fuera de la UE (exportación de servicios): los servicios de consultoría prestados a clientes establecidos fuera de la UE están exentos de IVA por la regla general de localización del artículo 69 LIVA (el servicio se localiza donde está el destinatario empresario). No requieren ROI, pero sí que el cliente tenga su establecimiento fuera de la UE.
El modelo 130 es el pago fraccionado trimestral del IRPF en estimación directa. Para el consultor en sección 2 cuyos clientes retienen, existe la posibilidad de exonerarse:
Condición: que más del 70 % de los ingresos del ejercicio anterior (o del año en curso, en el primer año) procedan de clientes que apliquen retención en la factura.
Cómo comunicarlo: marcando la casilla en el modelo 037 de alta, o posteriormente mediante modelo 037 modificativo.
Resultado práctico: no presentas modelo 130 trimestral. El IRPF lo gestiona directamente la retención soportada en facturas. Al presentar el modelo 100 anual, liquidas la diferencia si es positiva (o te devuelven si es negativa).
Tarifa plana estatal: 80,00 €/mes los 12 primeros meses. En consultoría, donde los gastos de inicio son bajos (sin local, sin maquinaria), esta bonificación equivale a casi el ahorro íntegro de la cuota ordinaria durante un año.
Cuota Cero autonómica: varias comunidades tienen programas propios de reducción de cuota. Consulta disponibilidad en tu CCAA en el momento del alta en bonificaciones por comunidad autónoma.
Reducción del 20 % en IRPF: artículo 32.1 LIRPF, aplicable en estimación directa durante los dos primeros años con rendimiento neto positivo, si no se ha ejercido actividad análoga en los dos años anteriores.
Retención del 7 %: aplicable los tres primeros años, reduce el importe retenido en cada factura respecto al tipo general del 15 %.
Lucas se da de alta en enero de 2026 con epígrafe 841, sección 2. Factura 35.000 € durante el año a tres empresas.
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Facturación bruta | 35.000 € |
| Retenciones soportadas (7 % × 35.000) | 2.450 € |
| Gastos deducibles (RETA TP, asesoría, software, coworking, formación) | 7.000 € |
| Rendimiento neto | 28.000 € |
| Reducción 20 % inicio actividad | −5.600 € |
| Rendimiento neto reducido | 22.400 € |
| IRPF estimado sobre 22.400 € | ~3.500 € |
| IRPF a ingresar (modelo 100) | ~1.050 € |
| Cuota RETA con tarifa plana (12 meses) | 960 € |
| Carga fiscal y SS año 1 | ~2.010 € |
Con la cuota ordinaria (sin tarifa plana) y base de 2.300 €/mes: 2.300 × 0,315 = 724,50 €/mes = 8.694 €/año. La tarifa plana supone un ahorro de más de 7.700 € en el primer año.
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes