Actividad IAE 672.2
Sección IAE 1 (empresarial) · Tributable por módulos del IRPF
El epígrafe IAE 672.2 — Cafeterías de dos tazas corresponde a cafeterías de categoría intermedia según la clasificación turística autonómica. Sirven café, bebidas y platos elaborados ligeros (bocadillos, ensaladas, tapas, repostería propia). Diferencia con cafeterías de una taza: mayor oferta gastronómica y servicio en mesa más completo. Con cafeterías de tres tazas: nivel de servicio y carta superior en estas últimas.
Estimación directa simplificada o estimación objetiva (módulos).
Orden HAC/1425/2025. Signos típicos:
Reducción general del 5 %.
Perfil: cafetería céntrica de dos tazas, 70 m², 10 mesas, 6 kW, titular + 1 camarero asalariado.
Para esta cafetería, módulos sale claramente más barato (23.750 € vs 45.500 €).
Con rendimientos declarados 20.000-30.000 €/año (1.666-2.500 €/mes), tramos 6-9 generales. Cuota mensual: 302-401 €/mes en 2026.
La cuota mensual del RETA depende del tramo de rendimientos netos: va desde 205,88 €/mes en el tramo mínimo hasta 607,35 €/mes en el tramo máximo (cotizando por la base mínima de cada tramo), con el tipo conjunto del 31,5 % vigente en 2026. La tabla completa por tramo, con bases mínima y máxima de cotización, está en Cuota de autónomo 2026; para el cálculo a partir de tus rendimientos, la calculadora de cuota. Las nuevas altas pagan 80,00 €/mes con la tarifa plana durante los primeros 12 meses (art. 38 ter de la Ley 20/2007).
A medida que la actividad se consolida, el autónomo en módulos suele plantearse tres saltos cualitativos:
Las CCAA con Cuota Cero o Tarifa Cero cubren el coste del RETA durante 12-24 meses tras el alta inicial. Andalucía, Murcia, Baleares, La Rioja y Madrid (modalidad propia) son las más activas en 2026 para este perfil.
| Bien de inversión | Vida útil fiscal | Tipo lineal máximo |
|---|---|---|
| Máquina de espresso profesional (2-3 grupos) | 8-10 años | 10-12,5 % |
| Molinillo de café automático | 6-10 años | 10-16,67 % |
| Vitrina refrigerada de pastelería | 8-12 años | 8,33-12,5 % |
| Lavavasos industrial | 6-10 años | 10-16,67 % |
| Mobiliario sala y barra | 10 años | 10 % |
| Vajilla, cristalería, cubertería | 3-5 años | 20-33 % |
| TPV hostelero y software de comandas | 5-8 años | 12,5-20 % |
| Reforma local con insonorización | 10-20 años | 5-10 % |
Desde 1 de julio de 2026, el sistema VeriFactu (Real Decreto 1007/2023) es obligatorio para personas físicas que emitan factura, incluida la cafetería autónoma. Implica TPV certificado o software conectado a la AEAT, con código QR en cada factura y, en su caso, ticket simplificado. El País Vasco aplica TicketBAI desde 2024 con régimen análogo.
BOE-A-2025-25272.Esta actividad puede tributar por estimación objetiva. Consulta los módulos vigentes y su importe anual en la ficha específica: módulos IRPF para cafeterías de dos tazas.
Introduce los rendimientos netos previstos para tu actividad en cafeterías de dos tazas y obtén el tramo del RETA y la cuota mensual mínima 2026. Si tu actividad tributa por módulos, también dispones de la calculadora específica con los signos vigentes para 672.2.
Actividades del mismo grupo IAE o sector económico con fiscalidad comparable:
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 21 de agosto de 2026 · Autor: Borja Cifuentes