Saltar al contenido
aautonomosde.com
CuotaIRPFBonificacionesComunidadCalculadoras
  • Cuota
  • IRPF
  • Bonificaciones
  • Comunidad
  • Calculadoras
  • Informe
  • Comparativas
  • Guías
  • Análisis
  • Preguntas
  • Calcular
  • Alta sectorial
  • Sectores
  • Glosario
  • Calendario fiscal
  • Cierre fiscal
  • Internacional
  • Sobre
aautonomosde.com

Observatorio editorial del trabajador autónomo en España. Datos verificables de fuentes oficiales.

Fuentes

  • TGSS
  • AEAT
  • INE
  • BOE
  • MITES

Datos

  • Datos
  • Metodología
  • Fuentes
  • Changelog
  • Sobre

Legales

  • Aviso legal
  • Privacidad
  • Cookies

© 2026 autonomosde.com. Cifras citadas con su fuente y vigencia legal.

  1. Inicio›
  2. IRPF›
  3. Cafeterías de una taza

Actividad IAE 672.3

Cafeterías de una taza

Sección IAE 1 (empresarial) · Tributable por módulos del IRPF

En detalle

Qué incluye la actividad

El epígrafe IAE 672.3 — Cafeterías de una taza corresponde a cafeterías de categoría básica según la clasificación turística de hostelería. Ofrecen café, infusiones, refrescos, bebidas con licencia y aperitivos ligeros (bocadillos, tapas básicas, repostería). Para cafeterías de mayor categoría existen 672.2 — cafeterías de dos tazas y 672.1 — cafeterías de tres tazas.

Diferencia con bares (673.2): la cafetería se identifica con el servicio en barra y mesas con un perfil más diurno (desayunos y meriendas), mientras el bar puede tener mayor componente de bebidas alcohólicas y horario más tardío.

Métodos de tributación admitidos

Estimación directa simplificada o estimación objetiva (módulos). Es uno de los sectores donde más se mantiene la elección por módulos por la previsibilidad.

Régimen IVA

  • En módulos: régimen simplificado.
  • En directa: régimen general con modelo 303.
  • IVA aplicable: 10 % reducido (servicio de hostelería con consumo en el local, artículo 91 LIVA).

Módulos vigentes 2026

Regulados por la Orden HAC/1425/2025. Signos típicos:

  • Personal asalariado.
  • Personal no asalariado (titular).
  • Potencia eléctrica (kW).
  • Superficie del local (m²).
  • Mesas.
  • Máquinas tipo A y B.

Reducción general del 5 %.

Caso típico con cifras

Perfil: cafetería de barrio, 35 m², 5 mesas, 4 kW, titular sin asalariados.

En módulos

  • Rendimiento neto previo: ~18.000 €/año.
  • Tras reducción 5 %: ~17.100 €.

En estimación directa

  • Facturación bruta: 75.000 € + 10 % IVA.
  • Compras (café, leche, repostería, bebidas): 28.000 €.
  • Alquiler local: 8.400 €.
  • Suministros: 4.500 €.
  • Gestoría, seguros, mantenimiento: 2.500 €.
  • Rendimiento neto directa: ~31.000 € (sin asalariado).

Para esta cafetería, módulos sale enormemente más barato (17.100 € vs 31.000 €).

Cuota RETA orientativa

Con rendimientos declarados 15.000-22.000 €/año (1.250-1.833 €/mes), tramos 4-7 generales. Cuota mensual: 300-360 €/mes en 2026.

Si es alta inicial: tarifa plana (87,15 €/mes en 2025, importe revisable anualmente) los primeros 12 meses.

Particularidades fiscales

  • Cafetera profesional: bien de inversión, amortizable (12-15 años típicos).
  • Mobiliario y barra: bien de inversión.
  • Materias primas (café, leche, azúcar, té): deducibles como compras.
  • Música ambiental con SGAE/AGEDI: deducible.
  • Manipulador de alimentos: obligatorio, deducible la formación.

Bonificaciones aplicables al perfil

  • Tarifa plana estatal.
  • Familiar colaborador (muy frecuente).
  • Bonificación joven (< 30 años).
  • Mujer rural en municipios <5.000 habitantes.
  • Cuota Cero autonómica según CCAA.

Datos sectoriales

Las cafeterías representan una parte significativa de los 180.000-200.000 establecimientos de hostelería en España. La cafetería de una taza es típica de barrio residencial y pueblos pequeños, con menor componente de horario nocturno.

Tendencias 2024-2026: especialización (café de origen, repostería artesanal), formatos "to-go" para llevar, e integración con plataformas de delivery.

Errores fiscales frecuentes

  • No declarar todas las ventas en caja (riesgo de inspección).
  • Mezclar caja con dinero personal.
  • Aplicar IVA 21 % en lugar del 10 % (error frecuente).
  • No actualizar el módulo tras ampliación de terraza.

Tabla detallada de cuota RETA 2026

Cuotas mensuales mínimas derivadas de la base mínima de cada tramo, con el tipo conjunto del 31,5 % vigente en 2026 (Orden PJC/297/2026):

Rendimiento neto previstoTramoBase mínimaCuota mensual
≤ 670 €/mes1 reducida653,59 €205,88 €
670 - 900 €/mes2 reducida718,94 €226,47 €
900 - 1.166 €/mes3 reducida849,67 €267,65 €
1.166 - 1.300 €/mes4 reducida955,07 €300,85 €
1.300 - 1.500 €/mes5 general960,78 €302,65 €
1.500 - 1.700 €/mes6 general1.026,80 €323,44 €
1.700 - 1.850 €/mes7 general1.054,16 €332,06 €
1.850 - 2.030 €/mes8 general1.209,15 €380,88 €
2.030 - 2.330 €/mes9 general1.225,40 €385,99 €
2.330 - 2.760 €/mes10 general1.225,40 €385,99 €
2.760 - 3.190 €/mes11 general1.350,53 €425,42 €
3.190 - 3.620 €/mes12 general1.519,61 €478,68 €
3.620 - 4.050 €/mes13 general1.575,07 €496,15 €
4.050 - 6.000 €/mes14 general1.700,73 €535,73 €
> 6.000 €/mes15 general1.928,10 €607,35 €

Estrategia de crecimiento y opciones jurídicas

A medida que la actividad se consolida, el autónomo en módulos suele plantearse tres saltos cualitativos:

  • Pasar a estimación directa: cuando los rendimientos reales superan claramente a los estimados por módulos, lo que es habitual en años de alta facturación. La renuncia se comunica con el modelo 036/037 y vincula 3 años.
  • Constituir una Sociedad Limitada (SL): cuando los rendimientos netos superan los 60.000-80.000 €/año, la fiscalidad de SL (tipo IS 23-25 %) compensa la mayor complejidad contable.
  • Contratar el primer asalariado: paso natural cuando el volumen requiere apoyo permanente. Implica gestión laboral (modelo 111, 190, nómina, alta Régimen General del trabajador).

Bonificaciones autonómicas relevantes

Las CCAA con Cuota Cero o Tarifa Cero cubren el coste del RETA durante 12-24 meses tras el alta inicial. Andalucía, Murcia, Baleares, La Rioja y Madrid (modalidad propia) son las más activas en 2026 para este perfil.

Norma de los módulos

  • Orden HAC/1425/2025 vigente 2026: BOE-A-2025-25272.
  • Ley 37/1992 del IVA, art. 91.
  • Normativa sanitaria autonómica de hostelería.

Tabla oficial de módulos

Esta actividad puede tributar por estimación objetiva. Consulta los módulos vigentes y su importe anual en la ficha específica: módulos IRPF para cafeterías de una taza.

Calcula tu cuota mensual

Introduce los rendimientos netos previstos para tu actividad en cafeterías de una taza y obtén el tramo del RETA y la cuota mensual mínima 2026. Si tu actividad tributa por módulos, también dispones de la calculadora específica con los signos vigentes para 672.3.

Calculadora de cuota RETAMódulos IRPF 672.3Neto disponible

Actividades relacionadas

Actividades del mismo grupo IAE o sector económico con fiscalidad comparable:

  • Restaurantes de dos tenedores (IAE 671.4)
  • Restaurantes de un tenedor (IAE 671.5)
  • Cafeterías de tres tazas (IAE 672.1)
  • Cafeterías de dos tazas (IAE 672.2)
  • Bares de categoría especial (IAE 673.1)
  • Otros bares y cafés (IAE 673.2)

Recursos relacionados

  • Cómo se calcula la cuota del autónomo según tus rendimientos
  • Estimación directa vs módulos: cuál te conviene
  • Gastos deducibles del autónomo
  • Bonificaciones nacionales y autonómicas vigentes en 2026

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 27 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

Información editorial. Las cifras y ejemplos son orientativos; cada actividad tiene matices propios (índices correctores, exenciones parciales, etc.). Para casos concretos contrasta con un asesor fiscal o con la AEAT.