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Sección P · CNAE 85

Autónomos en Educación

Educación · Sector económico de actividad autónoma con régimen fiscal específico y actividades IAE acogibles.

En detalle

El autoempleo en el sector Servicios: referencia para actividades educativas

La educación por cuenta propia forma parte del gran bloque de Servicios, que según la Encuesta de Población Activa (EPA) del INE agrupaba en España unos 2.338.700 trabajadores por cuenta propia en el 4.º trimestre de 2023. El INE no publica el dato de autoempleo desglosado por cada actividad CNAE concreta, por lo que esta cifra corresponde al gran sector económico; la educación se distingue dentro de él por la exención de IVA que aplica a determinadas clases particulares impartidas por persona física, una de las cuestiones que más confusión genera y que se aborda en detalle a continuación.

Fuente: Encuesta de Población Activa, INE (4.º trimestre de 2023, trabajo por cuenta propia por sector económico).

La exención de IVA en educación: cuándo aplica y cuándo no

El sector educativo es, junto con la sanidad, uno de los que mayor confusión generan en IVA. Hay autónomos que facturan sin IVA cuando deberían aplicarlo, y otros que lo aplican cuando la ley los exime. Las consecuencias son opuestas: el primero puede recibir una liquidación por el IVA no repercutido; el segundo está generando un coste innecesario al cliente o perjudicando su propia posición en prorrata. Aclarar este punto es el objetivo central de esta ficha.

El sector agrupa profesores particulares, formadores online y presenciales, clases de idiomas, academias, formación profesional para el empleo, formación universitaria privada y autoescuelas. Todos facturan servicios de enseñanza, pero no todos aplican el mismo tratamiento de IVA.

IVA: la exención del artículo 20.Uno.9.º LIVA

La Ley 37/1992 exenta de IVA la enseñanza escolar, universitaria y de posgrado impartida por entidades de derecho público, así como las clases particulares sobre materias incluidas en planes de estudios del sistema educativo español, impartidas por personas físicas (artículo 20.Uno.10.º LIVA para estas últimas).

Las condiciones de la exención para profesores autónomos que dan clases particulares:

  • El prestador es una persona física (no sociedad).
  • Las materias impartidas están incluidas en los planes de estudios regulados por el Ministerio de Educación o equivalentes autonómicos (matemáticas, lengua, historia, física, inglés reglado, etc.).
  • Se trata de clases particulares (no un servicio de entretenimiento o hobby).

Cuando se cumplen esas condiciones, la factura no lleva IVA y debe incluir la mención a la exención. El autónomo exento no puede deducir el IVA soportado en sus compras y gastos relacionados con esa actividad (prorrata cero o exclusión total según si hay o no actividades mixtas). Tampoco presenta el modelo 303 por esa actividad, aunque sí el 390 anual si tiene otras actividades sujetas.

Servicios que NO están exentos

La exención tiene límites claros. No aplica cuando:

  • El contenido del curso no figura en planes de estudios oficiales: cursos de marketing digital, fotografía, meditación, cocina, diseño gráfico, programación sin titulación oficial, yoga. Estos servicios llevan IVA al 21 % con independencia de que el instructor sea una persona física.
  • La actividad la presta una sociedad limitada (la exención del 20.Uno.10.º es solo para personas físicas).
  • Se trata de autoescuelas: la formación vial no está incluida en la exención del 20.Uno.9.º y lleva IVA al 21 %.
  • Academias de música no reglada: llevan IVA al 21 % salvo que impartan materias del plan oficial de conservatorio.

La diferencia entre "clases de inglés reglado" e "inglés conversacional sin vinculación a plan oficial" puede parecer sutil, pero la DGT ha emitido consultas vinculantes estableciendo que lo determinante es la inclusión de la materia en un plan oficial, no el nivel del alumno ni la metodología.

IRPF: sección 2 para profesores, sección 1 para academias

Los profesores autónomos que imparten clases particulares clasifican en sección 2 IAE (actividades profesionales): epígrafe 826 (docencia universitaria) o 827 (otros profesionales de la enseñanza). Esto implica:

  • Retención del 15 % en facturas a empresas o entidades (academias, escuelas de idiomas, plataformas educativas).
  • Retención del 7 % durante el año del alta y los dos ejercicios siguientes.
  • Posibilidad de exoneración del modelo 130 si más del 70 % de los ingresos lleva retención.

Las academias con local y estructura empresarial clasifican en sección 1 IAE (actividades empresariales), sin retención en sus facturas y con obligación de presentar el modelo 130 trimestralmente.

Los dos regímenes conviven con frecuencia en la misma persona: un profesor que imparte clases en una academia (sección 2, con retención) y a su vez da clases particulares a domicilio a familias (sección 1 o particular sin retención).

Top actividades IAE

  • 826 Personal docente de enseñanza universitaria y de postgrado.
  • 827 Otros profesionales de la enseñanza.
  • 931 Enseñanza de idiomas.
  • 932 Formación y enseñanza para el empleo.
  • 933 Autoescuelas y enseñanza de conducción.

Cuota RETA 2026

El sistema de cotización por rendimientos netos (Orden PJC/297/2026, BOE-A-2026-7296) aplica igual que al resto del RETA. Un profesor particular con rendimiento neto mensual entre 1.166,70 € y 1.300 € (tramo 4) cotiza sobre una base mínima de 950,98 €, resultando en una cuota mínima de 299,56 €/mes, o hasta 409,50 €/mes sobre la base máxima del tramo.

Para quienes se dan de alta como autónomos por primera vez, la tarifa plana de 80,00 €/mes reduce la cuota durante los primeros 12 meses. Si al final de ese periodo los rendimientos netos no superan el SMI anual, se puede prorrogar otros 12 meses.

La calculadora de cuota del autónomo permite estimar la cuota mensual en función de los ingresos netos previstos.

Caso numérico — Profesor particular en línea

Perfil: persona física, clases particulares de matemáticas y física (materias en plan oficial), a alumnos de secundaria y bachillerato, sin academia con local. Facturación anual: 26.000 € a familias particulares (sin retención, sin IVA).

ConceptoImporte
Facturación26.000 €
IVA aplicado0 € (exento art. 20.Uno.10.º LIVA)
Gastos deducibles (cuota RETA, conexión, software educativo, material)−5.500 €
Rendimiento neto previo20.500 €
5 % difícil justificación (tope 2.000 €)−1.025 €
Rendimiento neto reducido19.475 €
Cuota RETA año (tramo 4, base mínima)3.594,72 €

No tiene retenciones (clientes particulares). Presenta modelo 130 trimestralmente. No presenta modelo 303 (actividad exenta). El IRPF anual se calcula sobre la base imponible general, aplicando las escalas del ejercicio y el mínimo personal.

Obligaciones: lo que se presenta y lo que no

El profesor con actividad íntegramente exenta de IVA:

  • Presenta: modelo 130 trimestral, modelo 100 anual.
  • No presenta: modelo 303 ni modelo 390 (si no tiene ninguna actividad sujeta a IVA).
  • No deduce IVA soportado en ningún gasto de la actividad.

El profesor o academia con actividad mixta (exenta y sujeta) calcula la prorrata de IVA anualmente para determinar qué porcentaje del IVA soportado puede deducir.

Errores frecuentes con consecuencia fiscal

Aplicar IVA en clases particulares de materias regladas impartidas por persona física. El alumno pagó de más; Hacienda retiene el IVA ingresado y la devolución requiere rectificación formal dentro del plazo de cuatro años.

No aplicar IVA en cursos no reglados (yoga, fotografía, marketing, programación sin título oficial) argumentando que "son educativos". La exención no cubre formación no incluida en planes oficiales. La inspección regularizará el IVA no repercutido más intereses.

Confundir la formación bonificada a través de FUNDAE con la exención de IVA. La formación bonificada con fondos SEPE puede o no estar exenta de IVA dependiendo de su naturaleza; la bonificación y la exención son mecanismos distintos que no se implican mutuamente.

Deducir IVA soportado cuando toda la actividad está exenta. Al no tener derecho a deducción, ese IVA soportado es un mayor coste del gasto, no una cantidad recuperable.

Recursos

  • Guía IVA del autónomo
  • Guía IRPF autónomos
  • Tarifa plana autónomos
  • Calculadora cuota autónomo
  • Cuota autónomo 2026

Actividades IAE de este sector

Actividades concretas del IAE encuadradas en el sector CNAE 85:

  • Profesionales relacionados con la enseñanza (general, idiomas) (IAE 761.1)
  • Profesores (IAE 762)
  • Enseñanza de conducción de vehículos terrestres (IAE 933.1)
  • Otras actividades de enseñanza n.c.o.p. (IAE 933.9)

Recursos relacionados

  • Hub de sectores económicos
  • Hub de actividades IAE
  • Catálogo de bonificaciones
  • Calculadora de cuota

Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes

La afiliación por sector se publica por MITES con varios meses de retraso. Las cifras concretas pueden variar respecto a otros recursos según la actualización oficial.