Sección P · CNAE 85
Educación · Sector económico de actividad autónoma con régimen fiscal específico y actividades IAE acogibles.
La educación por cuenta propia forma parte del gran bloque de Servicios, que según la Encuesta de Población Activa (EPA) del INE agrupaba en España unos 2.338.700 trabajadores por cuenta propia en el 4.º trimestre de 2023. El INE no publica el dato de autoempleo desglosado por cada actividad CNAE concreta, por lo que esta cifra corresponde al gran sector económico; la educación se distingue dentro de él por la exención de IVA que aplica a determinadas clases particulares impartidas por persona física, una de las cuestiones que más confusión genera y que se aborda en detalle a continuación.
Fuente: Encuesta de Población Activa, INE (4.º trimestre de 2023, trabajo por cuenta propia por sector económico).
El sector educativo es, junto con la sanidad, uno de los que mayor confusión generan en IVA. Hay autónomos que facturan sin IVA cuando deberían aplicarlo, y otros que lo aplican cuando la ley los exime. Las consecuencias son opuestas: el primero puede recibir una liquidación por el IVA no repercutido; el segundo está generando un coste innecesario al cliente o perjudicando su propia posición en prorrata. Aclarar este punto es el objetivo central de esta ficha.
El sector agrupa profesores particulares, formadores online y presenciales, clases de idiomas, academias, formación profesional para el empleo, formación universitaria privada y autoescuelas. Todos facturan servicios de enseñanza, pero no todos aplican el mismo tratamiento de IVA.
La Ley 37/1992 exenta de IVA la enseñanza escolar, universitaria y de posgrado impartida por entidades de derecho público, así como las clases particulares sobre materias incluidas en planes de estudios del sistema educativo español, impartidas por personas físicas (artículo 20.Uno.10.º LIVA para estas últimas).
Las condiciones de la exención para profesores autónomos que dan clases particulares:
Cuando se cumplen esas condiciones, la factura no lleva IVA y debe incluir la mención a la exención. El autónomo exento no puede deducir el IVA soportado en sus compras y gastos relacionados con esa actividad (prorrata cero o exclusión total según si hay o no actividades mixtas). Tampoco presenta el modelo 303 por esa actividad, aunque sí el 390 anual si tiene otras actividades sujetas.
La exención tiene límites claros. No aplica cuando:
La diferencia entre "clases de inglés reglado" e "inglés conversacional sin vinculación a plan oficial" puede parecer sutil, pero la DGT ha emitido consultas vinculantes estableciendo que lo determinante es la inclusión de la materia en un plan oficial, no el nivel del alumno ni la metodología.
Los profesores autónomos que imparten clases particulares clasifican en sección 2 IAE (actividades profesionales): epígrafe 826 (docencia universitaria) o 827 (otros profesionales de la enseñanza). Esto implica:
Las academias con local y estructura empresarial clasifican en sección 1 IAE (actividades empresariales), sin retención en sus facturas y con obligación de presentar el modelo 130 trimestralmente.
Los dos regímenes conviven con frecuencia en la misma persona: un profesor que imparte clases en una academia (sección 2, con retención) y a su vez da clases particulares a domicilio a familias (sección 1 o particular sin retención).
El sistema de cotización por rendimientos netos (Orden PJC/297/2026, BOE-A-2026-7296) aplica igual que al resto del RETA. Un profesor particular con rendimiento neto mensual entre 1.166,70 € y 1.300 € (tramo 4) cotiza sobre una base mínima de 950,98 €, resultando en una cuota mínima de 299,56 €/mes, o hasta 409,50 €/mes sobre la base máxima del tramo.
Para quienes se dan de alta como autónomos por primera vez, la tarifa plana de 80,00 €/mes reduce la cuota durante los primeros 12 meses. Si al final de ese periodo los rendimientos netos no superan el SMI anual, se puede prorrogar otros 12 meses.
La calculadora de cuota del autónomo permite estimar la cuota mensual en función de los ingresos netos previstos.
Perfil: persona física, clases particulares de matemáticas y física (materias en plan oficial), a alumnos de secundaria y bachillerato, sin academia con local. Facturación anual: 26.000 € a familias particulares (sin retención, sin IVA).
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Facturación | 26.000 € |
| IVA aplicado | 0 € (exento art. 20.Uno.10.º LIVA) |
| Gastos deducibles (cuota RETA, conexión, software educativo, material) | −5.500 € |
| Rendimiento neto previo | 20.500 € |
| 5 % difícil justificación (tope 2.000 €) | −1.025 € |
| Rendimiento neto reducido | 19.475 € |
| Cuota RETA año (tramo 4, base mínima) | 3.594,72 € |
No tiene retenciones (clientes particulares). Presenta modelo 130 trimestralmente. No presenta modelo 303 (actividad exenta). El IRPF anual se calcula sobre la base imponible general, aplicando las escalas del ejercicio y el mínimo personal.
El profesor con actividad íntegramente exenta de IVA:
El profesor o academia con actividad mixta (exenta y sujeta) calcula la prorrata de IVA anualmente para determinar qué porcentaje del IVA soportado puede deducir.
Aplicar IVA en clases particulares de materias regladas impartidas por persona física. El alumno pagó de más; Hacienda retiene el IVA ingresado y la devolución requiere rectificación formal dentro del plazo de cuatro años.
No aplicar IVA en cursos no reglados (yoga, fotografía, marketing, programación sin título oficial) argumentando que "son educativos". La exención no cubre formación no incluida en planes oficiales. La inspección regularizará el IVA no repercutido más intereses.
Confundir la formación bonificada a través de FUNDAE con la exención de IVA. La formación bonificada con fondos SEPE puede o no estar exenta de IVA dependiendo de su naturaleza; la bonificación y la exención son mecanismos distintos que no se implican mutuamente.
Deducir IVA soportado cuando toda la actividad está exenta. Al no tener derecho a deducción, ese IVA soportado es un mayor coste del gasto, no una cantidad recuperable.
Actividades concretas del IAE encuadradas en el sector CNAE 85:
Publicado: 25 de mayo de 2026 · Última revisión: 29 de mayo de 2026 · Autor: Borja Cifuentes